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Reglamento

1°. La Asociación Paleontológica Argentina (APA) instituye el premio “Florentino Ameghino” para distinguir y destacar anualmente por su talento a un/a joven investigador/a en cualquiera de las disciplinas de la Paleontología y estimular la publicación de sus investigaciones científicas en las revistas Ameghiniana y Publicación Electrónica de la APA (PE-APA).

2°. El/La acreedor/a del premio debe ser primer/a autor/a y no podrá ser mayor de 35 años al momento del envío del manuscrito a las revistas Ameghiniana o PE-APA.

3º. A los efectos de seleccionar a el/la joven acreedor/a del premio, la Comisión Directiva (CD) de la APA designará un Jurado integrado por cinco (5) miembros, de los cuales dos (2) pertenecerán a la CD (titulares o suplentes) y los otros tres (3) serán profesionales en Paleontología, socios/as activos/as o vitalicios/as de la A.P.A., que no integren la CD ni el Comité Editor de las revistas Ameghiniana y PE-APA. Este Jurado no tendrá carácter permanente y será designado en cada oportunidad. El Jurado estará presidido por una/un presidenta/e que se elegirá entre uno de los miembros de la CD designados como Jurado. Podrá ser el mismo Jurado que interviene en el Premio “Dr. Osvaldo Reig”.

4°. Para seleccionar a el/la autor/a el Jurado analizará en conjunto los artículos y/o notas paleontológicas publicados en los volúmenes de as revistas Ameghiniana y PE-APA del año correspondiente y seleccionará aquel o aquellos que se destaquen por su calidad y originalidad y cuyos autores/ras cumplan con el artículo 2° del presente reglamento.

5º. El premio consistirá en el otorgamiento de un diploma, una cuota societaria gratuita y un ejemplar impreso del número que contenga su trabajo (en caso de haber sido publicado en Ameghiniana).  El diploma llevará la siguiente inscripción: “Asociación Paleontológica Argentina, Premio Año…”. El texto y formato del diploma serán determinados por la CD de la APA. Si fuesen dos o más las personas premiadas, éstas compartirán el premio.

6°. El premio no podrá ser otorgado a un miembro de la CD, titular o suplente.

7°. Si el dictamen del Jurado se obtiene por unanimidad o por simple mayoría, el mismo deberá ser respetado por la CD de la APA

8°. Si el Jurado no se expidiese por unanimidad o simple mayoría, seleccionando un único artículo y/o nota paleontológica, deberá elevar a la CD de la APA los nombres de las/los jóvenes y el título de los artículos y/o notas paleontológicas que consideren acreedores del premio en dictámenes independientes, correspondiéndole a la CD de la APA decidir cuál será el/la premiado/a

9°. El premio será declarado desierto, si a juicio unánime del Jurado ninguno de los artículos y/o notas paleontológicas que se publicaron en el año correspondiente cumplen con el artículo 4°.

Recordamos que en cada elección de premiados se actúa bajo los enunciados presentes en nuestro Manual de Buenas Prácticas.